Ventanilla Unica

Ventanilla única del Colegio de Graduados Sociales de Ciudad Real

Bienvenidos

Datos de contacto

Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Ciudad Real

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13080 - Ciudad Real

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13071 Ciudad Real
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colegio@graduadosocialciudadreal.com

Tel. y fax: 926 200 820

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Ciudad Real pone en marcha, a través de esta web, una ventanilla electrónica única en la que los profesionales pueden realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia. Se podrá obtener, gratuitamente, toda la información y formularios necesarios para el acceso a la profesión y su ejercicio, presentar toda la documentación necesaria, así como conocer el estado de tramitación de los procedimientos.

Asimismo, mediante esta ventanilla y para la mejor defensa de los derechos de los consumidores y usuarios, el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Ciudad Real permitirá el acceso a los registros de colegiados, sociedades profesionales, además de las vías de reclamación y los recursos que podrán interponerse en caso de conflicto entre el consumidor o usuario y un colegiado, además de facilitar los datos de las asociaciones u organizaciones de consumidores y usuarios.

¿Qué es la Ley “Ómnibus”?

La ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, indica que la ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio ha incorporado al Derecho español, parcialmente, la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, consolidándose así los principios regulatorios compatibles con las libertades básicas de establecimiento y de libre prestación de servicios, y al mismo tiempo permitiendo suprimir las barreras y reducir las trabas que restringen el acceso y ejercicio de actividades de servicios.

Mediante la modificación parcial de la ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, se introduce un nuevo artículo para establecer la obligación de que los Colegios cuenten con un servicio de atención a los usuarios y a los colegiados, con el deber de resolver sus quejas o tramitarlas, según corresponda, reforzándose la normativa de defensa de los consumidores y usuarios en materia de reclamaciones, adaptándose diversas disposiciones sobre aspectos básicos de la regulación en materia de servicios profesionales, principalmente en lo que concierne a los Colegios Profesionales.

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Ciudad Real dispone, aquí, de un servicio de atención a consumidores o usuarios y a los colegiados, donde se resolverán y tramitarán cuantas quejas y reclamaciones referidas a la actividad colegial o profesional de los colegiados se presenten por cualquier consumidor o usuario que contrate sus servicios profesionales, así como por asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios en su representación o en defensa de sus intereses. El Colegio, a través de este servicio, resolverá sobre la queja o reclamación según proceda.